
Nuestra clienta, una empresa dedicada a la comercialización de maquinaria agrícola, impulsó un proyecto de ampliación de sus instalaciones con la finalidad de incorporar una nueva superficie destinada a la venta de herramientas y otros productos especializados.
Para la ejecución de las obras contrató a una empresa constructora que, a su vez, subcontrató a una sociedad especializada en la ejecución de pavimentos continuos de hormigón.
Una vez finalizada la obra, se comprobó que el pavimento presentaba importantes deficiencias, entre las que destacaban una coloración irregular, la presencia de fisuras y grietas y un acabado general deficiente, circunstancias que comprometían tanto su apariencia como su durabilidad.
A pesar de los reiterados requerimientos efectuados a la empresa constructora para que procediera voluntariamente a la reparación de los defectos, esta se negó a asumir su coste, dado que el importe necesario para su correcta reparación superaba ampliamente el valor inicial de la partida ejecutada.
Ante esta situación, se encargó un informe pericial arquitectónico con la finalidad de identificar el origen de las deficiencias, determinar las responsabilidades existentes y cuantificar el coste de las actuaciones necesarias para su reparación.
A la vista de las conclusiones periciales, se interpuso la correspondiente demanda judicial reclamando el importe equivalente al coste íntegro de reparación del pavimento.
La sentencia estimó íntegramente las pretensiones formuladas y condenó a la empresa constructora a abonar la cantidad necesaria para ejecutar correctamente las obras de reparación, así como los intereses legales y las costas del procedimiento.
Este caso pone de manifiesto la importancia de una adecuada acreditación técnica de los defectos constructivos y de su valoración económica, elementos esenciales para el éxito de las reclamaciones derivadas de incumplimientos en la ejecución de obras.

